Las aplicaciones de la tecnología genética humana nos han llevado al descubrimiento de métodos que resuelven problemas médicos con un beneficio para quienes lo reclaman.
Un tema de controversia es la modificación genética que significa cambiar los genes en una célula viva. Existen dos tipos de modificación genética: la no hereditaria en la que se cambian los genes en las células que no son el óvulo ni el espermatozoide, y donde dichos cambios no son transmitidos a los hijos, las aplicaciones de este tipo se encuentran en proceso clínico pueden ser socialmente aceptables.
El otro tipo es la modificación genética hereditaria donde sí se cambian los genes en el óvulo, espermatozoide o en los embriones muy temprano. Estas modificaciones no solo serán al nuevo ser sino también a la descendencia que este tenga, lo que indica que se está reconfigurando la información genética de la especie. Uno de los argumentos a favor de esta actividad es la necesidad de evitar la transmisión de enfermedades hereditarias argumento que se invalidaría pues pocos saben que ya existen técnicas como el diagnostico pre implantatorio en donde no es necesario modificar la información genética, lo que revela que esta tecnología tiene un solo objetivo “adquirir genes para mejorar las características en un nuevo ser“.
Un antiguo y muy claro ejemplo de esto es la creación de una raza canina en 1920 por los hermanos Dres. Nores Martínez donde fueron elegidas las mejores características de por lo menos 9 razas diferentes para crear un súper perro el “dogo argentino” con la única finalidad de tener un excelente cazador para beneficio del humano.
En la Convención sobre Derechos y Dignidad Humana con Relación a la Biomedicina del Consejo Europeo que es la iniciativa internacional más prometedora a la fecha, el artículo 13 establece que "una intervención que busque modificar el genoma humano solo puede ser utilizado con propósitos preventivos, de diagnóstico o terapéuticos y solo si su meta no es introducir ninguna modificación en el genoma a ninguno de sus descendientes". Dicha Convención ha sido firmada por 30 de los 41 estados miembros del Consejo Europeo.
Organizaciones globales como la Organización Mundial de la Salud y la Asamblea Mundial de Salud ocupan posiciones claves sobre las políticas de la tecnología de la genética humana. En 1999 se realizó una Consulta sobre Asuntos Éticos sobre Genética, Clonación y Biotecnología para ayudar a establecer futuras direcciones para la OMS. El reporte más importante fue un llamado explícito para una prohibición global sobre la modificación humana hereditaria. La OMS desde entonces ha establecido un Comité Consultivo sobre tecnologías de genética humana.
Como ya se mencionó existen acuerdos entre naciones de la total y absoluta prohibición de este tipo de técnicas en seres humanos. Sin embargo en la actualidad no se podría asegurar que no se ha hecho. Por un lado, porque existe una constante competencia en el desarrollo entre estos mismos países que han firmado el acuerdo aunque clandestinamente trabajen para demostrar en un futuro no muy lejano su supuesta superioridad; y por otra parte, los avances tecnológicos han superado la conciencia y la ética de la sociedad misma.
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